SACRAMENTO DEL ORDEN
Además de la invalidez de los cambios hechos en la misa, el diablo sabía que tenía que alterar el rito de ordenación para que los sacerdotes de la nueva Iglesia también fuesen inválidos. Así como para los sacramentos del bautismo y matrimonio no es esencialmente necesario que lo administre un obispo o sacerdote, para el resto de sacramentos si lo es.
El nuevo rito de las sagradas órdenes (obispos, sacerdotes, diáconos) fue aprobado e impuesto por Pablo VI el 18 de junio de 1968. Los cambios de Pablo VI iban dirigidos a modificar la sustancia del sacramento. Recordemos que un Sacramento es una señal externa que fue instituida por Jesucristo para concedernos la gracia santificante. Para que un sacramento sea valido se requiere: “Ministro, Materia, Forma, Intención y un válido Receptor del Sacramento”. De faltar una sola de estas condiciones el Sacramento sería totalmente nulo, por lo tanto no recibiríamos la gracia. Recordemos también que solo el obispo puede administrar el sacramento del orden y el de la confirmación.
El 29/02/1964, los modernistas crearon un organismo cuyo secretario fue Bugnini, masón de alto rango. Este organismo lo llamaron “Consilium ad ex sequendam Constitutionem de Sacra Liturgia” con el objetivo de modificar los ritos sacramentales. Como el objetivo era hacer que los sacramentos fueron inválidos, comenzaron con el Sacramento del Orden el 06/04/1969. La iglesia desde su fundación siempre ha conservado la materia y forma de cada sacramento y siempre se estableció que nunca se podría modificar. El 30/11/1947, el Papa Pío XII, publicó la constitución apostólica “Sacramentun Ordinis” en la que declara por virtud de su suprema autoridad que el principio general para la validez del Sacramento del Orden no es otro que la “forma” indique inequívocamente tanto el efecto del sacramento, es decir, el poder del Orden (diaconado, sacerdote u obispo) como la Gracia del Espíritu Santo. Por lo tanto, la forma del Sacramento debe ser univoca a la hora de expresar estos efectos.
CONSAGRACIÓN DE OBISPOS
Papa Pío XII, Sacramentum ordinis, 30 de noviembre de 1947:
“En cuanto a la materia y forma en la colación de cada una de las órdenes, por nuestra misma suprema autoridad apostólica decretamos y constituimos lo que sigue:… en la ordenación o consagración episcopal… La forma consta de las palabras del “Prefacio” de las que son esenciales y, por tanto, requeridas para la validez, las siguientes:
“Comple in Sacerdote tuo ministerii tui summam, et ornamentis totius glorificationis instructum coelestis unguenti rore sanctifica.“
“Completa en tu Sacerdote la suma de tu ministerio y, provisto de los ornamentos de toda glorificación, santifícalo con el rocío del ungüento celeste.”.
“La suma de tu Ministerio y los ornamentos de toda glorificación” expresan claramente el poder de la orden del Sacramento del Episcopado que es la “plenitud del sacerdocio”.. “El rocío del ungüento celeste” se refiere claramente a la gracia del Espíritu Santo.
En el rito de 1968 de Pablo VI, la nueva forma es la que se muestra a continuación. Ambas formas tienen sólo una cosa en común, la palabra “et”, que significa “y”.
"Et nunc effunde super hunc Electum eam virtutem, quae a te est, Spiritum principalem, quem dedisti dilecto Filio Tuo Iesu Christo, quem Ipse donavit sanctis Apostolis, qui constituerunt Ecclesiam per singula loca, ut sanctuarium tuum, in gloriam et laudem indeficientem nominis tui".
“Y ahora Infunde en este elegido el poder que viene de ti, el Espíritu gobernador, que diste a tu amado Hijo Jesucristo, y Él lo ha transmitido a los santos apóstoles, que en diferentes partes del mundo han establecido la Iglesia como santuario tuyo para gloria y alabanza perenne de tu nombre”.
A primera vista parece que hace mención al Espíritu Santo, sin embargo, no especifica el poder del Sacramento del Orden que se va a recibir ni la plenitud del sacerdocio que constituye el episcopado. Se reemplaza “sacerdote” por “elegido” y no se percibe el poder específico del Orden que se desea transmitir. No solamente se eliminan palabras decretadas por Pío XII como "Esenciales" para la validez del Sacramento, sino que NO se expresa que lo que está teniendo lugar es la consagración de un obispo. Se reemplaza Espíritu Santo por Espíritu Gobernador. ¿Cual es ese espíritu? ¿Podría ser el Espíritu del Maligno? Los obispos luteranos, anglicanos y mormones también gobiernan. Ese "Espiritu Gobernador" no representa la plenitud del sacerdocio católico que constituye el episcopado, por lo tanto ese sacramento es invalido y ese sacerdote no ha sido ordenado obispo. Las palabras “Spiritus Principalis” vienen de las palabras Griegas: “Hegemonicos principalis” que significa “el regalo del Espíritu apropiado para un líder”. De ahí se traduce al vernacular como: “goberning Spirit” en inglés o “Espíritu Gobernador” en Español. Por lo tanto, "Spiritus principalis" puede significar muchas cosas y queda claro que no especifica el poder de la orden propia para el episcopado.
Ni siquiera se pide al Espíritu Santo que descienda para realizar la ordenación. Suponiendo que fuera una referencia al Espíritu Santo, con esta ordenación no se expresa que es lo que está haciendo el Espíritu Santo o cual es la finalidad. Pio XII en “Sacramentun Ordinis” declaró que la forma para el rito del Orden debe expresar inequívocamente los efectos del sacramento, es decir, el poder de la orden y la Gracia del Espíritu Santo. La nueva forma falla en estos dos puntos. La expresión Espíritu gobernador no es univoca, es decir, no es un término que significa una sola cosa. La forma de un Sacramento no puede ser ambigua porque daría pie a generar dudas en los fieles que reciben el Sacramento.
La iglesia nos enseña que un sacramento que no expresa claramente que está sucediendo o cual es el fin de la forma del sacramento, es considerado inválido. La consagración episcopal confiere facultades específicas para el nuevo obispo: el de ordenar, a su vez, a sacerdotes y obispos. Esto está totalmente ausente en el rito reformado. Además del cambio tan devastador a la forma esencial, muchas otras cosas han sido eliminadas. De hecho, no hay ni una declaración sobre el efecto sacramental que la consagración episcopal produce. Nótese que también se reemplaza la palabra “Sacerdote” por “elegido”. Todos los bautizados somos elegidos pero no todos los bautizados somos sacerdotes. Con esas palabras podría parecer que se está pidiendo a Dios que envíe el Espíritu Santo a un simple laico. En la forma de la ordenación episcopal es esencial para la validez del sacramento que aparezca la palabra sacerdote.
En el rito tradicional de la consagración episcopal, el que va a consagrar instruye al obispo elegido en los términos siguientes:
“Un Obispo juzga, interpreta, consagra, ordena, ofrece, bautiza y confirma”.
Esto ha sido eliminado.
En el rito tradicional, al que va a ser obispo se le pide que confirme su creencia en cada uno de los artículos del Credo. Esto ha sido eliminado.
En el rito tradicional, al que va a ser obispo se le pregunta si “anatematizará toda herejía que surja en contra de la Santa Iglesia Católica”. Esto ha sido eliminado.
La supresión de este requisito de anatematizar la herejía es importante, porque de hecho ésta es una de las funciones principales de un obispo. Pero a Pablo VI no le interesaba que nadie anatemice herejías, más bien todo lo contrario, que se propaguen.
En el rito tradicional, después de la oración consagratoria, las funciones de un obispo son especificadas nuevamente con estas palabras:
“Dadle, oh Señor, las llaves del reino de los cielos… todo lo que atare sobre la tierra, sea también atado en los cielos; y todo lo que desatare sobre la tierra, sea también desatado en los cielos. A quienes él retenga los pecados les serán retenidos, y perdónales los pecados a quienes él se los perdone… Concédele, oh Señor, una sede episcopal…”.
Esta oración ha sido abolida por completo en el nuevo rito.
La oración para la ordenación de obispos del nuevo Pontifical carece de un elemento esencial, la referencia expresa a la potestad de consagrar a los ordenados. En la Constitución Apostólica firmada por Montini (Pablo VI), en la sección dedicada al Orden Episcopal faltan dos de los principales pilares enseñados por el Papa Pío XII para la validez de la consagración: la frase “el Espíritu que gobierna y guía”, ciertamente no está indisolublemente ligada al efecto sacramental que se quiere imprimir y no sugiere ni remotamente el poder específico que debe tener del Orden Episcopal. Con la nueva fórmula se cambia sustancialmente el significado de la oración anterior, en el que “la plenitud del sacerdocio de Cristo en el ministerio episcopal” y / o “la plenitud y totalidad del ministerio sacerdotal” tenía un apoyo innegable y evidente.
Cualquier cambio en la sustancia de la “forma sacramental”, como enseña la doctrina Teológica, hace que el sacramento sea inválido. El Rito de 1968 no puede crear un obispo válido porque como tal, es incapaz de Imprimir el sello del sacerdocio o episcopado. Pio XII en Sacramentun Ordinis declaró que la iglesia no tiene autoridad sobre el significado de la forma porque esto pertenece a la sustancia del Sacramento instituido por Jesucristo. Nuestro Señor estableció que para las ordenaciones de ministros la iglesia debe utilizar materias y palabras que expresen claramente el poder del Sacramento de la Orden. El nuevo rito de ordenación desobedece lo que estableció Jesucristo ya que no expresa claramente el poder del Sacramento.
Esta modificación que realizó Pablo VI no solo es un acto de desobediencia a Jesucristo sino un acto de rebeldía contra Dios. Pablo VI parece haber concluido que el Espíritu Santo, que inspiró durante casi dos mil años a la iglesia con la forma para la ordenación de ministros, se equivocó y el llega ahora para arreglar su error. El Espíritu Santo no se puede equivocar y lo que establece lo establece "PARA SIEMPRE".
Esta es una clara evidencia que demuestra que Pablo VI no fue un verdadero Papa ni fue elegido por el Espíritu Santo. Desde entonces, todos los Papas que fueron ordenados obispos por el rito nuevo no recibieron el Sacramento por lo tanto nunca fueron Papas. Todos los obispos ordenados por el rito nuevo no son obispos y cuando han ordenado a sacerdotes ya sea por el rito nuevo o antiguo no se ha producido el sacramento. Los sacerdotes que reciban la ordenación de estos falsos obispos no reciben el sacramento del orden y los laicos que acuden a recibir sacramentos de estos sacerdotes no reciben ni los sacramentos ni la gracia. Estos falsos obispos y sacerdotes no solo están en la secta novus ordo sino que también están en muchos entornos tradicionales. Muchas de las misas tradicionales que se celebran hoy en el mundo son inválidas por este motivo. La mayoría de los católicos desconocen esta realidad y acuden a estas "misas" para inconscientemente recibir solamente un pedazo de pan. Además en "Pontificalis Romani", Pablo VI impone que de ahora en adelante solo se celebre el nuevo rito de ordenación. Según un decreto de la congregación de los ritos de Novus Ordo con fecha 15/08/1969, el nuevo rito de ordenación de Montini pasó a ser obligatorio para toda la Iglesia Católica desde el 06/04/1969. Por lo tanto podemos afirmar que desde esa fecha probablemente todas las ordenaciones de obispos y sacerdotes han sido INVALIDAS. Las consecuencias han sido devastadoras. Los fieles no reciben ningún tipo de gracia y por este motivo se han reducido las vocaciones y a ha aumentado el porcentaje de católicos tibios y relativistas quienes no gozan de ni siquiera un grado mínimo de santidad.
CONSAGRACIÓN DE LOS SACERDOTES
Además de la invalidez de los cambios hechos en la misa, Satanás sabía que tenía que alterar el rito de ordenación para que los sacerdotes de la nueva Iglesia también fuesen inválidos. El nuevo rito de las sagradas órdenes (obispos, sacerdotes, diáconos) fue aprobado e impuesto por Pablo VI el 18 de junio de 1968. La siguiente información es crucial que la conozca todo católico, puesto que se refiere a la validez de todo “sacerdote” ordenado dentro de la estructura diocesana desde 1968, y, en consecuencia, se refiere a la validez de la administración de sus sacramentos. El 30 de noviembre de 1947, el Papa Pío XII publicó una constitución apostólica llamada “Sacramentum ordinis”. En esa constitución, el Papa declaró ―por virtud de su suprema autoridad apostólica― cuáles son las palabras necesarias para que una ordenación sea válida para el sacerdocio.
LA FORMA TRADICIONAL PARA LA ORDENACIÓN SACERDOTAL
Papa Pío XII, “Sacramentum ordinis”, 30 de noviembre de 1947:
“Siendo esto así, después de invocar la lumbre divina, con nuestra suprema autoridad apostólica y a ciencia cierta, declaramos y, en cuanto preciso sea, decretamos y disponemos:… En la ordenación presbiteral, la materia es la primera imposición de manos del obispo que se hace en silencio… La forma [de la ordenación] consta de las siguientes palabras del ‘Prefacio’ de las que son esenciales y, por tanto, requeridas para la validez, las siguientes:
“Da, te rogamos, Padre omnipotente, a este siervo tuyo, la dignidad del Presbiterio (presbyterii dignitatem); renueva en sus entrañas el espíritu de santidad para que alcance, recibido de ti, oh Dios, el cargo del segundo mérito y muestre con el ejemplo de su conducta, la severidad de las costumbres”
LA NUEVA FORMA PARA LA ORDENACIÓN SACERDOTAL
“Concede, te rogamos, Padre omnipotente, a este siervo tuyo, la dignidad del Presbiterio; renueva en sus entrañas el espíritu de santidad. Alcance recibido de ti, oh Dios, el cargo del segundo mérito y muestre con el ejemplo de su conducta la severidad de las costumbres”.
La diferencia entre las dos formas está en que en el nuevo rito se ha omitido la palabra latina “ut” (que significa: “para que”). Esto puede parecer insignificante, pero en “Sacramentum ordinis”, Pío XII declaró que esta palabra era esencial para la validez. Además, la omisión de “para que” sugiere una relajación de la designación del efecto sacramental (que confiere el oficio de segundo rango). En otras palabras, la eliminación de “para que” presupone una ordenación que ya ha sido realizada, pero que no se realiza a medida que se pronuncian las palabras. Puesto que el nuevo rito pretende ser el rito romano, esta eliminación de “ut” (“para que”) hace que el nuevo rito sea inválido. Sin embargo, hay todavía un problema mucho mayor.
El masón Pablo VI elimina la palabra “para que”. Pio XII en “Sacramentus Ordinis” dejó claro que esta palabra y las demás eran esenciales para la validez y dejó claro que nunca se podía eliminar una sola palabra. Llegados a este punto debemos contemplar dos posibilidades. La primera que Pio XII no actuó inspirado por el Espíritu Santo. En este caso la modificación que realizó Pablo VI no significaría necesariamente la invalidez del sacramento. La segunda opción es que Pío XII si actuó inspirado por el Espíritu Santo. Tengamos en cuenta que, a diferencia de Pablo VI, fue un Papa Santo y que tuvo una conducta intachable. Si fue el Espíritu Santo quien ordenó que dichas palabras:
“SON ESENCIALES Y NECESARIAS PARA LA VALIDEZ DEL ORDEN”, y que “SI SE ELIMINA UNA SOLA EL SACRAMENTO QUEDA INVÁLIDO”; entonces podemos decir que la ordenación del rito nuevo es invalida porque Pablo VI eliminó varias palabras, por tanto modificó la “Forma”, es decir DESOBEDECIÓ A DIOS.
Todas las ordenaciones hechas por el rito nuevo de Pablo VI están siendo invalidas a los ojos de Dios por el mero hecho de haber realizado esta modificación. Si la ordenación sacerdotal queda invalida, el resto de los sacramentos quedan también inválidos. El cambio a la forma esencial no es el único problema con el nuevo rito de ordenación promulgado por Pablo VI. Los siguientes puntos son demasiado importantes, debido a que el sacramento del orden, si bien fue instituido por nuestro Señor Jesucristo, no fue instituido por nuestro Señor con una forma sacramental específica ―a diferencia de los sacramentos de la eucaristía y del bautismo, que fueron instituidos con una forma sacramental específica― de modo que el significado e importancia de la forma de las palabras en la ordenación, están dados por los ritos y ceremonias que la circundan.
En su famosa bula, “Apostolicae curae”, del 13 de septiembre de 1896, el Papa León XIII declaró solemnemente que las ordenaciones anglicanas son inválidas. Esto significa que la secta anglicana no tiene sacerdotes ni obispos válidos.
Papa León XIII, Apostolicae curae, 13 de septiembre de 1896:
“Por propia iniciativa y a ciencia cierta, pronunciamos y declaramos que las ordenaciones hechas en rito anglicano han sido y son absolutamente inválidas y totalmente nulas”.
Al hacer esta declaración solemne, debe entenderse que el Papa León XIII no solo estaba haciendo inválidas las ordenaciones anglicanas por el hecho de separarse de la iglesia católica, sino que estaba declarando que eran inválidas debido a los defectos en el rito. Pero, ¿cuáles eran los defectos o problemas que León XIII veía en el rito anglicano que contribuían a su invalidez?
Papa León XIII, Apostolicae curae, 13 de septiembre de 1896:
“Cuando alguien hace un correcto y serio uso de la forma debida y de la materia requerida para efectuar o conferir el sacramento, por ese mismo hecho, se considera que él hace lo que la Iglesia hace. Sobre este principio se basa la doctrina de que un sacramento se confiere verdaderamente por el ministerio de un hereje o un no bautizado [significando que una persona no bautizada sólo puede conferir el sacramento del bautismo, pero no los otros sacramentos], con tal que se emplee el rito católico. Por otra parte, si se cambia el rito, con la intención manifiesta de introducir otro rito no aprobado por la Iglesia y rechazar lo que la Iglesia hace, y lo que por la institución de Cristo pertenece a la naturaleza del sacramento, entonces está claro que no sólo es necesaria la intención requerida para el sacramento, sino también la intención es adversa y destructiva del sacramento”.
Aquí vemos al Papa León XIII enseñando que si un ministro utiliza el rito católico en conferir el sacramento del orden, con la materia y forma correcta, por esa misma razón se considera que ha tenido la intención de hacer lo que la Iglesia hace (la intención de hacer lo que la Iglesia hace es necesaria para la validez de cualquier sacramento). Por otra parte, nos dice, que si se cambia el rito con la manifiesta intención de introducir un nuevo rito no aprobado por la Iglesia, y rechazando lo que la Iglesia hace, entonces la intención no es solamente insuficiente, sino que es destructiva del sacramento. ¿Y cuáles son las cosas que describe el Papa León XIII que demuestran la intención destructiva del rito anglicano de ordenación?
Papa León XIII, Apostolicae curae, el 13 de septiembre de 1896:
“Porque, al dejar de lado las otras razones que muestran que esto es insuficiente para la intención en el rito anglicano, que para todos sea suficiente este argumento: por ellos ha sido deliberadamente eliminado todo lo que establece la dignidad y oficio del sacerdocio en el rito católico. Por consiguiente, esta forma no puede considerarse apta o suficiente para el sacramento, puesto que omite lo que en esencia debe significar”.
Papa León XIII, Apostolicae curae, el 13 de septiembre de 1896:
“Por tanto sucede que, como el sacramento del orden y el verdadero sacerdotium [el sacerdote sacrificador] de Cristo fue completamente eliminado del rito anglicano, y dado que el sacerdotium [sacerdocio] no es de ninguna manera conferido verdadera y válidamente en la consagración episcopal del mismo rito, por la misma razón, por tanto, el episcopado de ninguna manera se puede conferir verdadera y válidamente por éste, y esto tanto o más cuanto que está entre los primeros deberes del episcopado el de la ordenación de los ministros para la santa eucaristía y el sacrificio”
Papa León XIII, Apostolicae curae, el 13 de septiembre de 1896:
“Estando plenamente conscientes de la conexión necesaria entre la fe y el culto, entre ‘la ley de la creencia y la ley de la oración’, bajo pretexto de regresar a la forma primitiva, ellos corrompieron en muchas maneras el orden litúrgico para acomodarlo a los errores de los reformadores. Por esta razón, en todo el ordinal, no sólo no hay ninguna mención clara del sacrificio, de la consagración, del sacerdotium [sacerdocio sacrificador], sino, como ya hemos declarado, todo rastro de estas cosas, que estaban en las oraciones del rito romano, aunque no las han rechazado por completo, fue deliberadamente eliminado y borrado. De esta manera, el carácter natural ―o el espíritu, como suele llamarse―del ordinal se manifiesta claramente en sí mismo. Por tanto, si adolece en su origen, es totalmente insuficiente para conferir las órdenes, y es imposible que en el transcurso del tiempo se volviera suficiente, puesto que no se ha hecho ningún cambio”.
Papa León XIII en la Bula “Apostolis secure” estableció:
“Habiéndonos estrictamente en este asunto a los decretos de los pontífices, nuestros predecesores, y confirmándolos más plenamente y por decirlo así, renovándolos por nuestra autoridad por propia iniciativa y a ciencia cierta, pronunciamos y declaramos que las ordenaciones llevadas a cabo conforme al rito anglicano han sido y son absolutamente invalidas y totalmente nulas”.
Aquí el Papa León XIII habló “ex catedra”, por lo tanto esta bula es infalible y tiene vigencia para siempre.
En el rito antiguo el obispo proclama la siguiente oración:
“Transforme con su bendición inmaculada el pan y el vino en el cuerpo y sangre de tu Hijo para bien de tu pueblo”.
Esta oración fue eliminada por Pablo VI.
Estas son algunas de las oraciones y ceremonias específicas que establecen la verdadera naturaleza del sacerdocio en el rito tradicional y que han sido eliminadas específicamente en el nuevo rito de ordenación del Pablo VI:
En el rito tradicional el obispo entona el “Veni Creator Espiritus” mientras unge las manos del sacerdote al mismo tiempo que dice:
“Dígnate Señor consagrar y santificar estas manos por esta unción y bendición nuestra para que todo lo que bendigan sea bendito y todo lo que consagren quede consagrado y santificado en el nombre de Nuestro Señor Jesucristo”.
Esta oración fue eliminada por Pablo VI. Por lo tanto ese presbítero no tendrá poder ni para bendecir ni para consagrar.
En el rito tradicional, el obispo se dirige a los ordenados y dice:
“Porque es deber del sacerdote ofrecer el sacrificio, bendecir, dirigir, enseñar y bautizar”.
Esta admonición ha sido abolida.
A continuación, en el rito tradicional sigue la Letanía de los Santos. Ella ha sido abreviada en el nuevo rito. El nuevo rito suprimió la siguiente afirmación:
“Que os dignéis reconducir a todos los que se han desviado de la unidad de la Iglesia, y llevar a todos los creyentes a la luz del Evangelio”.
Resulta escalofriante que a Pablo VI no le interesara que haya unidad en la iglesia y que los católicos vivamos en la luz del Evangelio.
A continuación, en el rito tradicional, después de pronunciada la forma esencial, que ha sido cambiada en el nuevo rito (véase arriba), el obispo reza otra oración, que incluye lo siguiente:
“Que su misión sea cambiar con la bendición incorrupta, para el servicio del pueblo, el pan y el vino en el cuerpo y sangre de tu Hijo”.
Esta admonición ha sido abolida. De esta manera se inhabilita al sacerdote para poder realizar con sus manos el milagro de la transustanciación.
En el rito tradicional, el obispo entona a continuación el “Veni Creator Spiritus” mientras unge a cada sacerdote diciendo:
“Dignaos, Señor, consagrar y santificar estas manos por esta unción y nuestra bendición. Que todo lo que bendigan sea bendito y que todo lo que consagren sea consagrado y santificado en el nombre de nuestro Señor Jesucristo”.
Esta oración ha sido abolida. Y esta oración es tan importante que fue incluso mencionada por Pío XII:
Papa Pío XII, Mediator Dei, # 43, 20 de noviembre de 1947:
“Además, como ya hemos dicho, sólo ellos [los sacerdotes] están investidos del carácter indeleble que los ‘configura’ al Sacerdocio de Cristo, y sólo sus manos son consagradas ‘para que sea bendito todo lo que bendigan, y todo lo que consagren sea consagrado y santificado en el nombre de nuestro Señor Jesucristo”.
Nótese que Pío XII, al hablar de cómo los sacerdotes han sido marcados en la ordenación, hace referencia a esta muy importante oración que fue abolida específicamente en el nuevo rito de 1968 de Pablo VI. Poco después de esta oración en el rito tradicional, el obispo le dice a cada ordenado:
“Recibid el poder de ofrecer sacrificios a Dios, y celebrar la misa, tanto para los vivos y los muertos, en el nombre de nuestro Señor”.
Esta importante oración también ha sido eliminada en el nuevo rito. En el rito tradicional, los nuevos sacerdotes a continuación concelebran la misa con el obispo. Al final, cada nuevo sacerdote se arrodilla ante el obispo, que impone sus manos sobre la cabeza de cada uno diciendo:
“Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados les serán perdonados; y a quienes se los retuviereis les serán retenidos”.
Esta ceremonia y esta oración han sido abolidas. Esta ceremonia y estas mismas palabras las estableció Jesucristo para la ordenación sacerdotal como podemos comprobar en el Evangelio. Pues bien, esta ultima ceremonia y esta oración también fueron eliminadas por Pablo VI. Es un pecado gravísimo atreverse a modificar las palabras de Jesucristo. Al modificar la “forma”, Pablo VI está transmitiendo el mensaje de que Jesucristo se equivocó y que se debe hacer de otra manera. Esta es la forma que Pablo VI estableció:
“Recibe la ofrenda del pueblo Santo, para presentarla a Dios”.
En el rito tradicional:
“… a continuación los nuevos sacerdotes prometen obediencia a su obispo, quien les ‘encarga’ tener en cuenta que el ofrecer la santa misa no está exenta de riesgos, y que deben aprender de diligentes sacerdotes todo lo que sea necesario, antes de comprometerse temerosamente en tal responsabilidad”.
Esta admonición ha sido abolida. También suprimió la bendición final que decía así:
“La bendición de Dios Todopoderoso descienda sobre vosotros para que seáis colmados de bendiciones en el orden sacerdotal y ofrezcáis sacrificios propiciatorios por los pecados y las ofensas del pueblo a Dios Omnipotente a quien sea el honor y la gloria por todos los siglos de los siglos”.
Esta bendición ha sido abolida.
Papa León XIII, “Apostolicae curae”, 13 de septiembre de 1896:
“Por esta razón en todo el Ordinal no sólo no hay ninguna mención clara del sacrificio, de la consagración, del sacerdotium [sacerdocio sacrificial], sino, como hemos dicho, todo rastro de estas cosas que estaban en las oraciones del rito católico fueron eliminadas deliberadamente y por completo. En esta manera el carácter natural ―o el espíritu como suele llamarse― del Ordinal se manifiesta claramente”.
El nuevo rito se ajusta precisamente a esta descripción. ¿Podría alguien negar este hecho? Para hacerlo tendría que dar falso testimonio. El nuevo rito de la ordenación eliminó específicamente el sacerdocio sacrificial. La intención manifiesta es contraria a la intención de la Iglesia y no puede ser suficiente para su validez.
Papa León XIII, “Apostolicae curae”, el 13 de septiembre de 1896:
“Porque, al dejar de lado otras razones que demuestran que esto es insuficiente para el propósito en el rito anglicano, que para todos sea suficiente este argumento: de ellos han sido deliberadamente eliminadas todas las formas de dignidad y oficio del sacerdocio en el rito católico. Esa forma, consiguientemente, no puede considerarse apta o suficiente para el sacramento porque omite lo que debe esencialmente significar”
Santo Tomás de Aquino, Summa Teologica, Pt. III, q. 60, a. 8:
“… la intención es esencial para el sacramento, como se explicará más adelante. Por tanto, si se intentase con esta adición o sustracción realizar un rito distinto al reconocido por la Iglesia, el sacramento no es válido, pues no parece tener la intención de hacer lo que hace la Iglesia”.
Todo lo descrito arriba por el Papa León XIII acerca de la invalidez del rito de ordenación anglicano, la eliminación sistemática de toda referencia al sacrificio de la misa, la consagración y el verdadero sacerdocio sacrificador, son exactamente las mismas cosas que ocurrieron en el nuevo rito de ordenación promulgado por Pablo VI.
El nuevo rito menciona que los candidatos para la ordenación deben ser elevados al “sacerdocio”, pero también lo mismo dice el anglicano inválido. El hecho es que el Papa León XIII explica en “Apostolicae curae” que si un rito de ordenación implica la exclusión del poder de “ofrecer los sacrificios propiciatorios”, como hace el nuevo rito, entonces es necesariamente inválido, si bien que pueda expresar o mencionar la palabra “sacerdote”.
La Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, también admitió que la teología católica del sacerdocio no se hizo explícita en el rito de 1968. El hecho es que el nuevo rito de Pablo VI es un rito totalmente nuevo, que rechaza lo que la Iglesia hace al rechazar lo que por institución de Cristo pertenece a la naturaleza del sacramento [el sacerdocio sacrificial], por lo que es evidente que la intención necesariamente manifestada por este rito es insuficiente, e incluso adversa y destructiva del sacramento del orden sacerdotal (León XIII).
Estos hechos demuestran que el nuevo rito de ordenación de Pablo VI no puede considerarse válido, sino que debe ser considerado nulo. Este nuevo rito, al igual que el rito de ordenación de obispos, ha sido desde entonces impuesto por la masonería eclesial de la secta Vaticano II. La mayoría de las ordenaciones han sido por el rito nuevo y a los seminaristas que solicitaron ser ordenados por el rito antiguo se les ha denegado esa posibilidad. Por lo tanto todos los “sacerdotes” ordenados por el rito nuevo son simples seglares, salvo una minoría que han logrado volver a ser ordenados por un obispo válido en el rito tradicional. Este número de sacerdotes es muy escaso y a día de hoy están en la “iglesia clandestina” o “iglesia de las catacumbas”.
CONCLUSIÓN
Eliminaron todas las oraciones relacionadas con el sacrificio de la misa y sobre el sacerdote sacrificador. Es decir hicieron lo mismo que los anglicanos. Recordemos que por este motivo Leon XIII declaró nulos los sacramentos de la Iglesia Anglicana. Un Papa no puede contradecir y eliminar ritos y oraciones que previos Papas, inspirados por el Espíritu Santo, ya habían aprobado. Lo que el Espíritu Santo establece, lo establece PARA SIEMPRE porque Dios no se puede equivocar y no tiene necesidad de rectificar, ya que si la tuviera, significaría que Dios comete errores. Todas las modificaciones que Pablo VI instituyó en el Sacramento del Orden fueron encaminadas a eliminar el carácter del sacerdote católico para convertirlo en un simple pastor protestante, presidente y guía de la comunidad.
Los rituales de ordenación sacerdotal anglicanos son prácticamente iguales a los rituales católicos instituidos por Pablo VI, lo cual, según la bula del Papa Leon XIII, pasan a ser nulos. Fallan en dos de los requisitos para hacerlos validos:
“defecto de forma” y “defecto de intención”. Bergoglio que fue ordenado sacerdote el 13/11/1969 por el nuevo rito y años mas tarde obispo también por el nuevo rito, nunca ha sido ni obispo ni sacerdote. Es un simple laico usurpador de la silla de Pedro. Es totalmente evidente, a partir de estos hechos, que en el nuevo rito no hay intención de ordenar a verdaderos sacerdotes sacrificantes. Cada una de las referencias preceptivas para el verdadero sacrificio sacerdotal fueron abolidas deliberadamente, al igual que en el rito anglicano; el cual fue declarado inválido por el mismo Papa León XIII.
Por lo tanto, las siguientes palabras declaradas por el Papa León XIII, se aplican exactamente al nuevo rito de Pablo VI.
Estos hechos significan que todas las misas indultadas celebradas por los “sacerdotes” ordenados en el nuevo rito de Pablo VI (rito de 1968) ¡SON INVÁLIDAS!, por lo tanto NO HAY CONSAGRACIÓN.
La Fraternidad Sacerdotal de San Pío X ocasionalmente permite que entren a su sociedad hombres que fueron “ordenados” en el nuevo rito de ordenación, y no siempre los vuelven a ordenar condicionalmente; o al menos no lo admiten públicamente. Por tanto, muchas de las misas de la Fraternidad San Pío X son inválidas. Todos aquellos sacerdotes que fueron “ordenados” en el nuevo rito de Pablo VI, y que están abiertos a la verdad, deben ser ordenados nuevamente por un obispo católico consagrado válidamente en el rito tradicional. Esto también significa necesariamente que el “Novus Ordo Missae” (la nueva misa), sin incluso considerar sus propios problemas que la hacen inválida en sí, es inválida si es celebrada por cualquier “sacerdote” ordenado en el nuevo rito de ordenación.
Llegados a este punto queda claro que toda confesión de pecados mortales a esos “sacerdotes” que fueron ordenados en el nuevo rito, debe hacerse de nuevo con un sacerdote que profese la Fe Católica íntegramente, que este sujeto a un obispo verdaderamente católico y que este ordenado válidamente en el rito tradicional del orden sacerdotal hecho por un obispo válidamente consagrado en el rito tradicional de consagración episcopal. El católico debe hacer una confesión general, mencionando todos sus pecados mortales que recuerde haber cometido a lo largo de toda su vida. Bajo pena de pecado mortal, ningún católico puede recurrir lícitamente a los falsos sacerdotes ordenados en el nuevo rito de Pablo VI para recibir la “comunión” o la “confesión” o cualquier otro sacramento que requiera un sacerdocio válido y tener jurisdicción, puesto que ellos no son sacerdotes válidos ni tienen jurisdicción.
Como ya fue mencionado, el Papa Inocencio XI, “Decreto del Santo Oficio de 4 de marzo de 167916”, condenó la idea de que los católicos puedan recibir sacramentos que sean “probables”. En otras palabras, incluso si uno creyera que el nuevo rito de ordenación es probablemente válido (lo cual es falso, ya que es claramente inválido), estaría igualmente prohibido, ¡BAJO PENA DE PECADO MORTAL!, recibir los sacramentos de manos de aquellos “ordenados” con él. Los sacramentos solo pueden recibirse cuando la materia y la forma son ciertamente válidas.

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